Esta nueva modificación obligará al Estado Mexicano a ofrecer anticoncepción de emergencia y aborto legal a víctimas de violación.
Información de Rocío Sánchez publicada en Notiese el 27 de febrero de 2009.

En reunión extraordinaria, el Comité de Normalización de la Secretaría de Salud (Ssa) aprobó más cambios a la Norma Oficial Mexicana 046 "Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención", con lo que se obliga a las instituciones de salud a ofrecer la anticoncepción de emergencia y el aborto legal a las mujeres víctimas de violaciones sexuales. Paradójicamente, fue Jorge Serrano Limón, líder del grupo Provida, quien dio la noticia a los medios de comunicación,varios minutos antes de comenzar la conferencia de prensa que la Secretaría de Salud había convocado para el caso. Sobre el resultado de la votación que dio lugar a la versión final,comentó que hubo "35 votos a favor y solamente su servidor encontra."

Además de su habitual condena a la práctica del aborto en cualquier circunstancia, Serrano Limón denunció que la reunión fue convocada con menos de 48 horas de anticipación y sin haber hecho llegar a los integrantes del Comité el documento completo que se iba a discutir, tal como sucedió en la sesión celebrada el28 de enero pasado, según denunciaron en su momento organizaciones civiles que luchan por los derechos sexuales y reproductivos. En su encuentro con la prensa, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Mauricio Hernández, negó que hayan existido tales irregularidades pues "esta reunión extraordinariaque fue convocada, como marca la ley, en término de 48 horas".

Confirmando los cambios en los párrafos que ya Serrano Limón había leído a los medios, Hernández informó que la redacción del numeral 6423, referente a la anticoncepción de emergencia, ahora establece que, en caso de una violación, las autoridades de salud "deberán" ofrecer este método de inmediato y hasta un máximo de 120 horas de ocurrido el evento,"previa información completa sobre la utilización de este método, a fin de que la persona tome una decisión libre e informada".

Hernández Ávila aclaró que se eliminó la parte referida a los efectos colaterales de la anticoncepción de emergencia –agregada en la sesión extraordinaria del 28 de enero-porque las organizaciones civiles "percibían que esto podría ser una barrera" para su utilización.

El numeral 6427, por suparte, estipula que en caso de embarazo por violación, "previaautorización de la autoridad competente, en los términos de la legislación aplicable", las instituciones de salud pública"deberán prestar servicios de aborto médico a solicitud de la víctima interesada" o, en caso de las menores de edad, de sus padres o tutor.

Aunque permaneció la mención de la objeciónde conciencia, en el numeral 6428 quedó aclarado que las instanciasde salud "deberán" contar con médicos y enfermeras no objetores de conciencia, y si carecieran de este personal o de instalaciones adecuadas para interrumpir el embarazo, "se deberá referir de inmediato a la usuaria a una unidad de salud que cuente con este tipo de personal y con una infraestructura de atención con calidad."

El funcionario admitió que "las organizacionesciviles tenían razón" en su crítica a la NOM aprobada hace casi un mes, pues "no había precisión en el lenguaje y en esta última reunión hicimos las precisiones que se deberían de hacer". Esto porque el texto anterior señalaba que las autoridades de salud "podían" –y no "debían"-facilitar la píldora de emergencia o un procedimiento de aborto. Aunque la obligación del Estado de brindar dichos servicios a las víctimas de violación ya estaba enunciadaa en una primera versión, aprobada el 21 de julio de 2008, Hernández aseveró que no se retomó ese texto porque el aprobado hoy "es mucho mejor".

Cuestionado sobre las preocupaciones expresadas por organizaciones no gubernamentales acerca de la influencia de grupos conservadores en las políticas públicas, el subsecretario se limitó a decir: "¿Línea de la derecha?, no hay tal". El paso siguiente a la aprobación de estos cambios es enviar la NOM 046al área jurídica de la Ssa para que ésta, a su vez, la mande publicar en el Diario Oficial de la Federación. "Yo espero que el jurídico la envíe ya, expeditamente, y 15 días después sepublicaría la Norma", declaró Hernández. Sin embargo, la dirección jurídica está a cargo de Bernardo Fernández del Castillo, quien ha mostrado posturas conservadoras desde su llegada a la dependencia federal en 2007.

Para María Luisa Sánchez, directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), la Norma aprobada corre el riesgo de quedarse "indefinidamente" en la dirección jurídica, pues ya sucedió así con la versión aprobada en julio de 2008, hasta que en enero se decidió cambiar la versión. "El director jurídico no estuvo de acuerdo con algunas modificaciones que se realizaron el día de hoy, entonces tampoco podemos cantar victoria de que esto vaya a ser publicado",dijo a NotieSe. En cualquier caso, comentó la activista, las organizaciones de la sociedad civil estarán "muy vigilantes"de cómo se aplican las normas que garantizan el derecho a la salud entodo el país, buscando que toda mujer víctima de violencia sexual sea atendida como le corresponde conforme a la ley.

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